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Cotizacíon proporcional de la Seguridad Social en el cesse

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  • Cotizacíon proporcional de la Seguridad Social en el cesse

    Hola expertos.



    Tengo una cuestión sobre la cotización para la seguridad social en los ceses.
    En la implementación que estoy haciendo, lo SAP esta poniendo el tope máximo de cotización de modo proporcional.


    O sea, el SAP usa el tope máximo definí para España para el 2011 (3230,10), hace la división por 30 días y multiplica por 3 días (que son los días trabajados en Marzo por el empleado).
    Este cálculo es correcto y está de acuerdo con las leís laborales?


    Vos pregunto puesto que, cuando hago una análisis a los BOE y lo site de la Seguridad Social, no encuentro como debe ser el cálculo en régimen general. Solamente hay referencia para este tipo de cálculo para lo régimen especial agrario o para contratos temporales.


    Esto cálculo proporcional de lo tope máximo para regime general es standard?




    Muchísimas gracias por su ayuda.


    Un saludo,

  • #2
    Hola

    El tope máximo es el que describes: 3.230,10 / 30 días * 3 días trabajados = 323,01 €

    Si las retribuciones que recibe el empleado superan esta cantidad, SAP le aplicará este tope de 323,01 €.
    Es lo que manda la ley.

    La página web de la Seguridad Social explica la norma general, pero no el detalle de cada situación; en caso de duda utiliza su teléfono de consulta.

    Piensa que si el estándar de SAP te lo calcula así, es porque es lo que tiene que hacer.

    Un saludo

    Comentario


    • #3
      Hola,



      Muchísimas gracias. A si lo a echo.





      Saludos,

      Comentario

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